Formación especializada en WIM-PIB
El médico remitido para realizar una formación de especialización en el Instituto Militar de Medicina está obligado a informar al Departamento de Formación de Posgrado de Médicos sobre el inicio de dicha formación, proporcionando una tarjeta de formación de especialización, la remisión y una declaración del jefe de especialización, para confirmar el inicio de la misma, dentro de los 14 días siguientes a la fecha de recepción de la remisión para realizar la especialización.
Un médico asignado para realizar una formación de especialización bajo un contrato de derecho civil en el Instituto Militar de Medicina está obligado a informar al Departamento de Educación de Posgrado de Médicos:
1) sobre el inicio de la formación de especialización mediante la presentación de una tarjeta de formación de especialización, referencia y una declaración del responsable de la especialización, para confirmar el inicio de la especialización, dentro de los 14 días siguientes a la fecha de recepción de la referencia para realizar la especialización,
2) Para formalizar un contrato de formación especializada, deberá proporcionar la siguiente documentación:
- 2 fotocopias de la licencia para ejercer como médico/dentista (original disponible para su inspección),
- 2 fotocopias del diploma universitario (original disponible para su inspección),
- 2 fotocopias de la póliza de seguro de responsabilidad civil obligatoria (original disponible para su inspección, actualizada anualmente),
- 2 fotos.
El médico derivado para realizar una formación especializada como parte de su residencia en el Instituto Militar de Medicina está obligado a informar al Departamento de Educación Médica de Posgrado sobre el inicio de dicha formación, proporcionando la tarjeta de formación especializada, una copia de la derivación y una declaración del jefe de la especialización, para confirmar el inicio de la misma, dentro de los 14 días siguientes al inicio de la misma.
Todo médico que esté realizando una formación especializada en el Instituto Militar de Medicina está obligado a informar al Departamento de Educación Médica de Posgrado:
1) sobre el cambio del jefe de especialización;
2) sobre el cambio del lugar de especialización;
3) sobre el cambio del modo de especialización;
4) en cada prórroga del período de especialización;
5) sobre cambios en el nombre, domicilio y dirección postal;
6) sobre las cambiantes condiciones laborales;
7) al finalizar la formación de especialización, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de aprobación de la especialización por el responsable de la misma (anotación en la última página de la tarjeta).